CIUDADANÍA ITALIANA POR MATRIMONIO
Es un medio derivado de adquirir la ciudadanía italiana cuando existe un acto voluntario por parte de una de las partes de adquirir la nacionalidad del marido o de la mujer.
De esta forma, nos encontramos ante la ciudadanía por naturalización, presentándose la solicitud por vía administrativa ante el órgano competente.
La adquisición de la ciudadanía italiana por matrimonio se concibe mediante un matrimonio civil entre las partes debidamente registrado en el departamento Stato Civile del municipio correspondiente. Es decir, la ley no considera la unión estable entre las partes a efectos de la ciudadanía a través del matrimonio.
REQUISITOS PARA LA CIUDADANÍA POR MATRIMONIO
La ley italiana establece algunos requisitos para solicitar la ciudadanía mediante matrimonio:
a) Requisito Temporal: Para solicitar la ciudadanía por matrimonio, los cónyuges deben estar casados por: a1) 02 años si residen en territorio italiano. El ejemplo brasileño se casa con una italiana en Italia, donde tiene su residencia. O a2) 03 años si la residencia se realiza en el extranjero. Ejemplo: un brasileño adquiere la ciudadanía a través de un tribunal y luego se casa con un brasileño y reside en Brasil.
Los plazos de 03 y 02 años se reducen a la mitad si los cónyuges tienen hijos lo cual incluye la adopción.
b) Requisito de continuidad: Durante este período no podrá producirse la nulidad, separación y divorcio de los interesados. La ley establece “non sussista la separacion personale dei coniugi”, por lo que ni siquiera la separación de facto puede ocurrir. La pareja necesita estar unida hasta completar el proceso.
c) Requisito de Idioma: La Ley 132 del 1 de diciembre de 2018, conocida como DECRETO SICUREZZA, establece el conocimiento del idioma italiano. Vale recordar que esto se aplica a la ciudadanía derivada adquirida mediante matrimonio.
Excepcionalidad
Las personas casadas antes del 27/04/1983, ya sea con un brasileño nacido en Italia o con un brasileño que posteriormente obtuvo la ciudadanía italiana, pueden solicitar el reconocimiento sin tener que hacer cola en el Consulado italiano. Se trata de ciudadanía con aplicación legal automática siempre que se observe el requisito temporal, es decir, matrimonio antes del 27/04/1983.
Entre la documentación para personas casadas antes de 1983 se encuentran:
- acta de nacimiento completa expedida por el registro civil con apostilla y traducción jurada
- Completar el Formulario de Declaración Sustitutiva de Certificación – Stato Civile disponible en el sitio web
- Cuota de pago de 300 euros.